La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, modificó la Ley de subvenciones, estableciendo que para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando los solicitantes sean sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004 (medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales), no podrán obtener la condición de beneficiarios o entidades colaboradoras, las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la ley.